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Finanzas sostenibles: la difícil avenencia entre buenas intenciones, sobre-regulación y competitividad

22 Febrero - 2021
Beatriz i Xavier

Beatriz Cabello Serrano
Alumni Máster Universitario en Banca y Finanzas *
Xavier Puig Pla
Cooordinador académico del Máster Universitario en Banca y Finanzas **
 

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El propósito de la Unión Europea es ser pionera en sostenibilidad medioambiental, no con innovación o creación, sino regulando hasta el último detalle

unió europea

En América del Norte, innovan y crean. En Asia, incentivan y promueven. En Europa, regularizamos y penalizamos. Cada uno hace lo que se le da mejor, también en el campo de la sostenibilidad.

En el año 2018, la Comisión Europea (CE) aprobó un plan de acción sobre finanzas sostenibles con el objetivo de canalizar las inversiones para la consecución de los objetivos del Acuerdo de París y de la agenda de la Unión Europea de desarrollo sostenible. De este modo, el propósito de la UE es ser pionera en sostenibilidad medioambiental, no con innovación o creación, sino regulando hasta el último detalle.

Se pretende que, al tomar decisiones de inversión, más allá de evaluar las clásicas variables financieras, se incorpore un análisis extrafinanciero de las empresas en relación con un conjunto de parámetros sostenibles, los llamados ESG (Environment, Social and Governance). Estos criterios hacen referencia a tres factores clave para medir la sostenibilidad y el impacto social de una inversión:

  • Factores ambientales. Se trata de conocer la repercusión de las decisiones de inversion de las empresas en medioambiente.
  • Factores sociales. El objetivo es tener en cuenta cómo afecta la actividad de la empresa en ciertos aspectos sociales, como los derechos humanos o la igualdad.
  • Factores gubernamentales. En este punto, la clave es analizar el impacto del gobierno de la empresa en términos como la composición de los consejos de administración, la transparencia o los derechos de los accionistas.

El plan de acción europeo

Actualmente no hay un conjunto de estándares comunes para medir el cumplimiento y el desarrollo que hacen las empresas respecto a los ESG. En el sector financiero, se utilizan varias métricas y se tienen en cuenta distintos factores o datos que varían según el analista que mida el cumplimiento de dichos criterios. En consecuencia, los resultados que obtienen las empresas de la calificación de evaluación y la comparación del grado de desarrollo ESG son discordantes.

No es extraño que de entre las 20 empresas tecnológicas más grandes del mundo, solo una esté en la Unión Europea. De la veintena de las grandes del sector financiero, no hay ninguna en la UE

El plan de acción de la Comisión Europea respecto a finanzas sostenibles establece un conjunto de acciones, es decir, un conjunto de regulaciones –no olvidemos que estamos en Europa. Así, durante el año 2021, empezarán a aplicarse las siguientes "acciones":

  • Reglamento de Taxonomía
    La medida más importante y urgente prevista en el plan de acción es el establecimiento de un sistema de clasificación unificado de las actividades sostenibles. Por este motivo, el Reglamento de Taxonomía, aprobado el 18 de junio de 2020, establece los criterios para determinar si una actividad económica se considera medioambientalmente sostenible a efectos de fijar el grado de sostenibilidad medioambiental de una inversión y, a su vez, fija un lenguaje común en el campo de las finanzas sostenibles. De acuerdo con este reglamento, se creará un sistema de clasificación común de la UE que permitirá definir, en el área ambiental de los criterios ESG, qué se considera sostenible y cómo se mide. Se espera que en los próximos años se pueda implementar también un sistema para identificar y medir los impactos sociales y de gobierno.
  • Integración de ESG
    Este punto entrará en vigor cuando se adapten las normativas UCITS y MiFID II y se transponga a la normativa estatal (se estima que será a finales de 2021). Se añadirán nuevos requisitos que afectarán a:
    • La organización de las empresas: en los procedimientos organizativos se deberán integrar los riesgos de sostenibilidad
    • La selección de inversiones: en la toma de decisiones de inversión se deberá tener en cuenta su sostenibilidad
    • La gestión de riesgos: se añadirá el riesgo de sostenibilidad al análisis de riesgos tradicional
    • La relación con el cliente: establecerá la obligación de tener en cuenta las preferencias de sostenibilidad al decidir y distribuir el producto
  • Divulgación - SFDR (por sus siglas en inglés Sustainable Finance Disclosure Regulation)
    Esta es la acción más inminente, ya que parte del Reglamento de Divulgación entrará en vigor el próximo 10 de marzo. Este reglamento pretende aumentar la transparencia de la integración ESG por parte del equipo gestor y asesor. Entre otros aspectos, obligará a:
    • Añadir un apartado en la web de las gestoras llamado "Información relacionada con la sostenibilidad" donde se informe de la integración de los riesgos de sostenibilidad en la toma de decisiones de inversión y en la política remunerativa
    • Por lo que respecta al producto, deberán modificarse los folletines para incluir el riesgo de sostenibilidad, la metodología que se utiliza para medirlo y los posibles impactos negativos sobre la rentabilidad del producto
    • En el caso de prestar servicios de asesoría o de gestión de carteras, será necesario informar de los factores de sostenibilidad en el proceso de selección de instrumentos financieros y se deberá incluir en el informe de idoneidad los motivos por los que la recomendación es idónea y responde a las preferencias de sostenibilidad del cliente
  • Implicación a largo plazo de accionistas
    La directiva SRD II (por sus siglas en inglés Shareholder Rights Directive) está a la espera de ser transpuesta. El proyecto de leyestá en fase de emisión del informe por parte de la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital desde el 3 de diciembre de 2020. Esta normativa obligará las gestoras a tener una política de implicación a largo plazo en las empresas en las que inviertan y aumentará las normas de transparencia respecto a las políticas de derecho de voto

Las consecuencias de la sobre-regulación

Actualmente, el mercado de inversiones socialmente responsables en el España se encuentra en una etapa de crecimiento. Así lo demuestran los datos publicados, que indican que el España cuenta con un crecimiento positivo y de calidad desde 2003. La integración de los criterios ESG, pues, es un reto necesario para el sector financiero. Como mínimo, reglamentos como el de Taxonomía ayudarán a reducir las asimetrías de información permitiendo una evaluación más objetiva de los criterios ESG y reducirán la discordancia de los resultados.

El mercado de inversiones socialmente responsables en España se encuentra en una etapa de crecimiento y, por tanto, la integración de criterios ESG es un reto necesario

Aún y así, estas normativas se suman a la gran carga reguladora europea hacia el sector financiero. Y no solo eso. Los consejos de administración de las corporaciones de la UE ocupan buena parte de su energía a seguir el ritmo de cumplimiento del alud de nuevas regulaciones, dificultando así el desarrollo de los planes de innovación o de tecnologías de futuro. No es extraño, pues, que de la veintena de empresas tecnológicas más grandes del mundo, solo una esté en la Unión Europea. De entre la veintena de compañías más grandes del sector financiero, no hay ninguna en la UE.

La sobre-regulación europea dificulta la competitividad global de las empresas y frena la capacidad de innovación. Quizás se debería adoptar una visión más cercana a la cultura anglosajona, que cree más en la supervisión que no en la regulación.


* Beatriz Cabello Serrano es responsable del Área de Cumplimiento Normativo en Gesiuris Asset Management SGIIC SA
** Xavier Puig Pla es socio y consejero de Gesiuris Asset Management SGIIC SA

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